CONTENIDO

¿Qué es FENACON?
Nuestra Misión
Nuestra Visión
Nuestros Objetivos
Nuestra Historia
Estructura Organizativa
Miembros
Departamentos

 

¿Qué es FENACON?

La Federación Nacional de Concejos,FENACON es una institución privada sin ánimo de lucro, fundada en 1993 para la defensa de los intereses de los Concejales y los Concejos, basada en la libertad de asociación consagrada en el artículo 38 de la Constitución Nacional de Colombia, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa; que agrupa y representa a los concejos municipales y distritales de todo el país y las diversas asociaciones territoriales de concejos, que libre y autónomamente decidan integrarse a ella y cumplir sus estatutos.

Nuestra Misión

Fortalecer el papel de los Concejos municipales del país y las comunidades que ellos representan para dignificar la labor de los Concejales mediante la búsqueda de una normatividad que los favorezca y la promoción y gestión gerencial de servicios particularizados.

Nuestra Visión

La Federación Nacional de Concejos, FENACON liderará y aportará al avance institucional y el proceso de descentralización a través de la vinculación de los asociados y de esta manera apoyar la labor social de los concejos con el fin de contribuir al fortalecimiento de la democracia participativa.

Nuestros Objetivos

• Velar por el desarrollo de la democracia municipal.
• Impulsar el proceso de descentralización política, administrativa y fiscal, procurando su desarrollo coordinado y coherente y asesorar oportunamente a los municipios en la expedición de las medidas pertinentes.
• Promover de manera permanente la protección y defensa de los Derechos Humanos de los miembros de las Corporaciones Públicas.
• Promover ante el Gobierno Nacional, ante la Rama Legislativa y ante las autoridades administrativas competentes, las reformas que considere necesarias con el fin de que las normas aplicables auspicien y respalden el desarrollo municipal y el fortalecimiento de los Concejos Distritales y Municipales.
• Fomentar y defender los intereses Distritales y Municipales de los Concejos ante las diversas instancias del gobierno central, departamental y demás entidades administrativas o territoriales.
• Dignificar la labor de los Concejales a través de la consolidación de beneficios sociales y prestacionales que incrementen su calidad de vida, mediante la gestión y celebración de convenios de cooperación que permitan desarrollar programas y proyectos en salud, educación, pensión, capacitación, vivienda, crédito, etc.
• Constituir y desarrollar un paquete de servicios que parta del análisis diferenciado de las necesidades de los concejos y los concejales del país, estableciendo tarifas que promuevan la afiliación a la federación y propenda por disminuir las diferencias entre los concejos de los municipios según su clasificación socioeconómica.

Nuestra Historia

La descentralización política , fiscal y administrativa que se inicio con la elección popular de alcaldes y se consolido con la Constitución Política de 1991, permitió una dinámica de fortalecimiento del desarrollo local en nuestro país a través de la capacidad de acción del ejecutivo local y departamental, es decir del alcalde y del gobernador, lo cual generó un nuevo escenario en las atribuciones y funciones de los concejos municipales, distritales y asambleas departamentales dentro de la democracia participativa. En este proceso de autonomía local los cuerpos colegiados requerían un régimen municipal claro en el cual se especificaran funciones, remuneración, numero de sesiones, seguridad social, presupuesto, entre otros elementos fundamentales para su actuar y ese fue el pretexto para que varios concejales y concejalas del país promovieran el primer Congreso Nacional en octubre de 1993 en la ciudad de Medellín, evento en el que participaron 1200 personas con el fin de crear una organización que los representara en las discusiones que se llevaran a cabo en el Congreso de la República e iniciara un trabajo de dignificación de la actividad del concejal.FENACON se construyo como entidad que agrupa a los concejos municipales y distritales. Por ello los primeros en afiliarse fueron Bogotá. Medellín, Manizales, Cali y Cúcuta. Desde su constitución la Federación ha trabajado en el fortalecimiento de las funciones de los concejos y se ha consolidado como interlocutora ante el Gobierno Nacional en proyectos de interés nacional.

Estructura Organizativa

Organigrama
Organigrama FENACON

Congreso Nacional de Concejales

El Congreso Nacional de Concejales será el máximo órgano de orientación política de la Federación. A él asistirán  los delegados de los concejos afiliados, a razón de uno por cada concejo. Todos los Concejos distritales y municipales que no se encuentren afiliados a la Federación, podrán ser invitados en su calidad de observadores a los congresos y demás eventos que FENACON realice.
Son funciones del Congreso Nacional de Concejales:
  • Estudiar la problemática de los concejos distritales y municipales y sugerir alternativa de solución.
  • Definir la orientación política y de objetivos generales de la Federación.
  • Facilitar el intercambio de las experiencias y expectativas entre los concejos distritales y municipales
  • Estudiar y aprobar las modificaciones estatuarias,  con la mayoría prevista para el efecto  en estos estatutos.
  • Decidir la disolución de la Federación conforme  lo dispuesto en los artículos  7° y concordantes de los estatutos.
  • Elegir Junta Nacional para un periodo de dos años.
  • Nombrar al Revisor Fiscal de terna presentada por la Junta Nacional, la cual además   establecerá sus funciones y obligaciones.
  • En general, todas aquellas que contribuyan a la definición y  actualización de los postulados que orientan  la Federación.
El Congreso Nacional de Concejales se reunirá por derecho propio  cada dos (2) años.
Su organización y desarrollo dependerá de la Dirección Ejecutiva y del Comité Ejecutivo, éste  reglamentará la asistencia de observadores e invitados. Anualmente, la Federación podrá organizar y realizar un evento nacional para efectos de promover la deliberación y análisis por los  asistentes  sobre temas de interés público. La Junta Nacional reglamentará la asistencia a este evento.
Logo-FenaconJunta Nacional
La Junta Nacional será el máximo órgano cuando no se encuentre reunido el Congreso de la Federación. Se reunirá ordinariamente cada seis (6) meses y estará compuesta de la manera siguiente: por un representante de los concejales asistentes por cada Departamento, un representante por Bogotá, dos  representantes de los concejales de las comunidades negras, dos representantes de los concejales indígenas, dos representantes de los concejales jóvenes y ocho concejales en representación de las mujeres. Serán concejales en ejercicio, representando a las diferentes regiones del país.
Son funciones de la Junta Nacional:
  • Aprobar, conforme a los estatutos, la estructura administrativa de la Federación.
  • Elegir Director Ejecutivo para un período  de dos (2) años, pudiendo ser reelegido.
  • Designar como afiliados honoríficos a las personas naturales o entidades que a su juicio reúnan las cualidades para tal distinción.
  • Fijar  las cuotas de afiliación, de sostenimiento y las extraordinarias de los afiliados y determinar los casos justificados de tratamiento preferencial o de excepción.
  • Expedir resoluciones de Junta Nacional, indicando la fecha y con consecutivo numérico, para las decisiones que así lo ameriten, las cuales deben ser firmadas por el presidente y secretario general.
  • Señalar la fecha de convocatoria del Congreso Nacional de Concejales.
  • Definir los planes y programas de la Federación con base en las políticas fijadas por el Congreso Nacional de Concejales y las propuestas del Director Ejecutivo.
  • Evaluar el cumplimiento de programas y políticas adoptadas por el Congreso de la Federación.
  • Aprobar anualmente el presupuesto de ingresos y egresos, y el balance general de la Federación, presentados por el Director Ejecutivo.
  • Dictar su reglamento interno y los que sean necesarios para la buena marcha de la Federación.
  • Las demás que el Congreso Nacional le delegue o atribuya.
La Junta Nacional tendrá un Comité Ejecutivo integrado por un presidente, un primer vicepresidente, un secretario general y ocho vicepresidentes regionales. Cuando lo considere  necesario o conveniente,  asignará  funciones a este Comité Ejecutivo o delegará algunas de sus atribuciones.
Logo-FenaconComité Ejecutivo
La Junta Nacional tendrá un Comité Ejecutivo integrado por un presidente, un primer vicepresidente, un secretario general y ocho vicepresidentes regionales. Cuando lo considere  necesario o conveniente,  asignará  funciones a este  Comité Ejecutivo o delegará algunas de sus atribuciones.
Son funciones del Comité Ejecutivo:
  • Fijar al Director Ejecutivo el valor de  la contratación directa  y autorizar la celebración de contratos que superen dichas cuantías.
  • Determinar la planta de personal y la  remuneración de los empleos, así como la asignación  del Director Ejecutivo,  Revisor fiscal y Tesorero.
  • Designar las personas que deban representar a la Federación ante organismos institucionales o eventos especiales y, por causa justificada, revocar la designación.
  • Conocer y decidir sobre las renuncias o licencias, faltas temporales o definitivas del Director Ejecutivo y elegir un encargado  mientras se reúne la Junta Nacional.
  • Aprobar las modificaciones o adiciones presupuestales que sean presentadas por  el Director Ejecutivo.
  • Sin interferir en las funciones de Revisoría Fiscal, de la Dirección Ejecutiva o la Tesorería, ejercerá vigilancia y control sobre la ejecución del gasto y la administración del patrimonio de la Federación.
  • Aprobar los procesos de índole administrativa y operativa que presente a su consideración el Director Ejecutivo.
  • Proponer ante el Congreso o la Junta Nacional las decisiones de índole política que se requieran en nombre de los concejos para lograr los objetivos de la Federación.
  • Nombrar el Tesorero de la Federación para un periodo de dos años a  propuesta del Director Ejecutivo y decidir en su oportunidad, su remoción o reelección.
  • Expedir el reglamento interno de la Federación.
Logo-FenaconDirección Ejecutiva
La Federación tendrá un Director Ejecutivo, que será su representante legal  y asumirá  su dirección y administración.
Son funciones del Director Ejecutivo:
  • Dirigir el funcionamiento ordinario de la Federación y administrar su patrimonio, para lo cual es ordenador del  gasto.
  • Ejecutar las resoluciones de la Junta Nacional y del Comité Ejecutivo.
  • Celebrar los contratos que tengan  por  objeto cumplir los fines de la Federación, de acuerdo con las apropiaciones presupuestales y la autorización del Comité Ejecutivo.
  • Presentar anualmente el presupuesto de ingresos y egresos de la entidad,  con la firma del tesorero, al igual que el balance general.
  • Nombrar y remover libremente los empleados de la Federación, cuya designación  no corresponda a otro órgano directivo, con sujeción a la planta de personal e informando de ello en la reunión siguiente al Comité Ejecutivo.
  • Diseñar y ejecutar estrategias, planes y programas de acción de la Federación para el cumplimiento de las decisiones emanadas del  Congreso Nacional,  la Junta Nacional o el  Comité Ejecutivo.
  • Diseñar y poner en marcha los esquemas de seguimiento y evaluación que sean necesarios para una retroalimentación permanente de los programas de la Federación.
  • Promover ejercicios de planeación estratégica que definan metas  de corto, mediano y largo plazo para la Federación y dirigir la implementación de áreas estratégicas, con excepción del área de representación política que le corresponde a  la Junta Nacional.
Logo-FenaconDirección Jurídica
La Dirección Jurídica asume la gestión jurídica de los actos, eventos y sucesos relacionados con la administración pública, control político y funcionamiento interno de los Concejos.
Logo-FenaconDirección Derechos Humanos
Área encargada de preservar y resguardar la integridad física y el respeto del derecho internacional humanitario de todos los Concejales y ex-Concejales.
Logo-FenaconObservatorio Derechos Humanos
Es un ente veedor y fuente de información para instituciones gubernamentales y no gubernamentales creacion de informes los cuales demuestran a la opinión publica la situación de los Concejales y ex-Concejales del país.
Son funciones de Observatorio:
  • Generación de informes para la Federación y para los entes gubernamentales y no gubernamentales.
Logo-FenaconDirección Proyectos y Cooperación Internacional
Realiza y tramita proyectos ante organizaciones nacionales e internacionales para crear diferentes alternativas en la obtención de recursos.
Logo-FenaconDirección Comunicaciones
La dirección de Comunicaciones diseña e implementa las estrategias propicias para la comunicación organizacional y la gestión del plan de comunicación; desarrollando los contenidos, diseñando piezas y estrategias de comunicación e indicadores de seguimiento y apoyo para la gestión del plan de comunicación y velando por la aplicación debida del manual de imagen.
Son funciones de la Dirección de Comunicaciones:
  • Producción de impresos con temas de interés y actualidad para los Concejos del país.
  • Acompañamiento en la producción de la revista “Concejos en Contacto”.
  • Publicación de artículos de actualidad, divulgación de proyectos de ley, acuerdos y noticias sobre los Concejos a través del sitio web: www.fenacon.com.co
  • Implementamos campañas de comunicación para sensibilizar a la opinión publica en la dignificación del Concejal y para llamar la atención ante el gobierno nacional y entidades internacionales.
  • Emisión de pronunciamientos, comunicados y denuncias de la Federación ante los medios masivos de comunicación en radio, prensa y televisión.
Logo-FenaconDirección Administrativa y Financiera
Se encarga de la administración y movilización de los recursos financieros de la Federación, con el fin de velar por la correcta custodia de los valores y dineros de la institución, establecer políticas financieras viables y las suscripciones de nuevos miembros.
Miembros
La Federación Nacional de Concejos, FENACON en la actualidad cuenta con 703 miembro dentro del territorio Colombiano.

Son deberes de los Concejos afiliados:
  • Cumplir los estatutos de la Federación.
  • Pagar el valor de la inscripción, la cuota ordinaria anual de sostenimiento y las cuotas extraordinarias que  defina el Congreso Nacional.
  • Respaldar e impulsar los programas que la Federación, para alcanzar sus objetivos, promueva, organice o establezca.
  • Asistir a las reuniones del Congreso Nacional, de las asambleas regionales ordinarias y extraordinarias y a las demás reuniones que se dispongan en desarrollo de los presentes estatutos.
  • Asistir a los eventos que la Federación programe.
  • Cumplir las labores o actividades que, para el logro de los objetivos de la Federación, les asigne la Junta Nacional, el Comité Ejecutivo o el Congreso Nacional.
Son derechos de los Concejos afiliados:
  • Asistir con voz y voto al Congreso Nacional de Concejos Distritales y Municipales, ordinarios y extraordinarios y a cualquier evento de la Federación.
  • Participar en los órganos rectores de la Federación.
  • Participar en los trabajos de la Federación.
  • Utilizar los servicios y medios con que cuenta la Federación de manera preferencial y gratuita, salvo que expresamente se establezca algún costo.
  • Solicitar la participación de la Federación en todos aquellos asuntos que se consideren pertinentes.
  • Representar a la Federación en los organismos institucionales en los cuales sean designados por el Congreso Nacional de Concejales, por la  Junta Nacional o por el  Comité Ejecutivo.

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