Para responder esta pregunta, me parece de los más común identificar que es el ¿IMPUESTO SOBRE LA RENTA?, este es un tributo que se realiza una vez al año, aplicable a las personas jurídicas, naturales y asimiladas, donde se gravan todos los ingresos realizados en el año, y son susceptibles en producir un incremento en el patrimonio, considerando los costos y gastos en que se incurren para este ingreso. Así pues NO exime ser CONCEJAL para cumplir esta responsabilidad.
Finalizado cada año se deben evaluar las condiciones contenidas en el estatuto tributario, para identificar si se debe o no presentar declaración de Renta; con la reforma tributaria (ley 1607 de 2012) se introdujo aspectos importantes a las normas que establecen las condiciones de los asalariados (art 593 E.T) y trabajadores independientes (art 594-1 E.T)
A continuación presentamos quienes están obligados a declarar renta en el 2013, con base en la información del 2012.
A continuación presentamos los topes para saber si se debe o no declarar renta en el 2013, con base en la información del 2012.
Es importante aclarar que si es responsable del impuesto a las ventas en el régimen común, es un factor indiscutible para presentar declaración de renta para personas jurídicas, igualmente de conformidad con la resolución de la DIAN 000043 del 5 de marzo de 2013 las personas naturales obligadas a llevar contabilidad y que por el año gravable 2011 hayan declarado ingresos brutos y/o patrimonio bruto superior a mil doscientos cincuenta millones de pesos ($1.250.000.000), estarán en la obligación de suministrar la información con relevancia tributaria – formato 1732, cuyo vencimiento del plazo para la presentación será el mismo de la declaración de renta y complementario.
Ponemos a su disposición el calendario tributario de DECLARACION DE RENTA DE PERSONAS NATURALES
PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILÍQUIDAS |
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ÚLTIMOS DÍGITOS |
DECLARACIÓN Y PAGO – ULTIMO DIGITO NIT O C.C. |
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96 a 00 | 09 de agosto de 2013 | 46 a 50 | 26 de agosto de 2013 |
91 a 95 | 12 de agosto de 2013 | 41 a 45 | 27 de agosto de 2013 |
86 a 90 | 13 de agosto de 2013 | 36 a 40 | 28 de agosto de 2013 |
81 a 85 | 14 de agosto de 2013 | 31 a 35 | 29 de agosto de 2013 |
76 a 80 | 15 de agosto de 2013 | 26 a 30 | 30 de agosto de 2013 |
71 a 75 | 16 de agosto de 2013 | 21 a 25 | 02 de septiembre de 2013 |
66 a 70 | 20 de agosto de 2013 | 16 a 20 | 03 de septiembre de 2013 |
61 a 65 | 21 de agosto de 2013 | 11 a 15 | 04 de septiembre de 2013 |
56 a 60 | 22 de agosto de 2013 | 06 a 10 | 05 de septiembre de 2013 |
51 a 55 | 23 de agosto de 2013 | 01 a 05 | 06 de septiembre de 2013 |
PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN EL EXTERIOR |
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ÚLTIMO DÍGITO |
DECLARACIÓN |
PAGO |
1 | 09 de septiembre de 2013 | 08 de octubre de 2013 |
2 | 10 de septiembre de 2013 | 09 de octubre de 2013 |
3 | 11 de septiembre de 2013 | 10 de octubre de 2013 |
4 | 12 de septiembre de 2013 | 11 de octubre de 2013 |
5 | 13 de septiembre de 2013 | 15 de octubre de 2013 |
6 | 16 de septiembre de 2013 | 16 de octubre de 2013 |
7 | 17 de septiembre de 2013 | 17 de octubre de 2013 |
8 | 18 de septiembre de 2013 | 18 de octubre de 2013 |
9 | 19 de septiembre de 2013 | 21 de octubre de 2013 |
0 | 20 de septiembre de 2013 | 22 de octubre de 2013 |
En pocas palabras se avecinan los vencimientos de Declaraciones de Renta 2012, evita sanciones, cualquier duda Honorable Concejal, FENACON esta presto a resolverla.
Cordialmente,
Gina Isabella Peñuela Gonzalez
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